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CARLOS FUENTEALBA - Provincia de Neuquén – 04/04/07

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Mensaje  Admin Sáb Ene 02, 2010 9:11 am

CARLOS FUENTEALBA - Provincia de Neuquén – 04/04/07 Carlos10
El 04 de abril de 2007, Carlos Fuentealba, profesor de Química, de 40 años, que recibió un disparo a quemarropa en medio de un enfrentamiento entre policías y docentes, el cual le provocaría la muerte tras 2 días de agonía en el hospital Castro Rendón.
El por entonces gobernador de Neuquén, Jorge Sobisch, da la orden de montar el operativo policial que reprimió a unos 700 docentes que habían decidido cortar el estratégico cruce de las rutas 22 y 237. El docente se encontraba en la parte trasera, dentro de un Fiat 147 que estaba en retirada del lugar, cuando el cabo primero José Darío Poblete, perteneciente al grupo antimotín de la policía de Neuquén, abre fuego y fusila al docente Fuentealba, quien recibe el disparo de una granada de gas en la cabeza desde un metro y medio de distancia, según los peritos forenses.
El cabo Darío Poblete con los mejores títulos como antecedentes: torturador conocido que no se privaba de nada, denuncias de su propia mujer por golpearla en reiteradas ocasiones. El ex cabo primero pertenecía y estaba ese día en operaciones pese a que arrastraba dos condenas en su contra por apremios ilegales y vejaciones
Tras el enfrentamiento el docente Carlos Fuentealba, tenía un daño cerebral irreversible y la noche del 06 de abril, después de los estudios médicos que certificaron el diagnóstico, lo desconectaron del respirador artificial que mantenía activas sus funciones vitales.
El gobernador Sobisch anunció que pasaron a disponibilidad a 12 efectivos de la policía que intervinieron en el enfrentamiento donde fue atacado Fuentealba.
Sobisch dijo que la responsabilidad está entre "uno y tres policías", según datos que le anticiparon de la investigación judicial que lleva adelante la fiscal Sandra González Taboada.
El el juicio, un primer testigo, el conductor del Fiat 147, Gonzalo Arroyo, fue el testigo que relató lo ocurrido ese día.
Arroyo no se conocía con Fuentealba pero, ante la represión policial, facilitó su automóvil para que algunos manifestantes pudieran resguardarse de los gases lacrimógenos y balas de goma disparados por la policía.
Fuentealba se ubicó en el asiento trasero, reclinado, y miró hacia atrás, mientras grupos de policías se aproximaban al vehículo desde diversos ángulos.
"Carlos me dijo: ’nos están encerrando, nos están emboscando’", contó Arroyo sobre el momento previo al disparo de un policía situado detrás del automóvil. "Sentí que se rompió la luneta y que cayeron vidrios por todos lados y después explotó la granada adentro del auto", prosiguió.
En la apertura del debate, el abogado Gustavo Palmieri, en representación de la viuda, afirmó que "existen elementos de prueba para acreditar la culpabilidad de Poblete".
"Tengo la clara convicción y certeza de que quien ha sido traído a juicio es quien mató a mi amigo Carlos Fuentealba y merece la pena máxima", sostuvo.
Además del testimonio de Arroyo, entre otros elementos de prueba, apuntan al acusado las declaraciones de cuatro policías y una docente, así como la vaina de la granada que mató a Fuentealba y fue disparada por la pistola lanzagases asignada a Poblete.
El Tribunal Superior de Justicia dictaminó sentencia, los magistrados que dictaron el fallo son Oscar Massei, Guillermo Labate, Felipe Cía, Ricardo Kohon y Alejandro Gavernet. El 8 de julio del año 2008, Darío Poblete fue condenado a prisión perpetua por homicidio calificado.
El defensor de Poblete, Ladislao Simón, había recusado a casi todos ellos, pero su planteo no fue aceptado.
El Tribunal Superior de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el defensor particular contra la sentencia que lo condenara a prisión perpetua más inhabilitación absoluta perpetua. La Cámara Primera lo encontró autor de “homicidio calificado por haber sido cometido por un miembro integrante de las fuerzas policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia mediante el empleo de un arma de fuego, agravado por alevosía, en concurso ideal”. (arts. 80 incs. 2 y 9, 41 bis y 54 del Código Penal).
El ex cabo Poblete Fue detenido entre tres y cuatro días después del hecho y nunca admitió su responsabilidad en el hecho.

Carátula: homicidio calificado, cometido con violencia mediante el empleo de un arma de fuego y alevosía, en concurso ideal.
Tribunal Superior de Justicia de a provincia del Neuquén.
Estado de la causa: el policía se encuentra detenido y cumple prisión perpetua.

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